De nuevo la asignatura de religión (02/09/2018)

Escudo Episcopal de Obispo de Terrassa Un año más nos encontramos en el inicio de curso después del merecido descanso estival y las numerosas actividades veraniegas que se han realizado, especialmente con niños y jóvenes. También nos encontramos ante el inicio de un nuevo curso académico. Hoy precisamente quiero reflexionar sobre este inicio escolar y la presencia del hecho religioso en este ámbito formativo tan importante. El Comité Ejecutivo de la Conferencia Episcopal Española emitió una nota el jueves 12 de julio de 2018 en la que hacía pública su postura sobre algunas cuestiones, en particular respecto a las declaraciones de la ministra de Educación Sra. Celaá había realizado sobre la educación concertada y la clase de religión. En ella los obispos recordaron los derechos a la libertad religiosa y a la educación, derechos inalienables de la persona humana, que están reflejados en nuestra constitución, en los artículos 16 y 27, así como en los tratados internacionales a los que España se ha adherido. La nota recuerda que los padres tienen el derecho a elegir el modelo educativo que desean para sus hijos. El sistema educativo, que engloba la educación pública, concertada y privada, es un sistema consolidado en nuestro ordenamiento, que respeta la libertad de elección de los padres. En el sistema educativo, la asignatura de religión debe tener una consideración adecuada, porque es necesaria para una formación integral de la persona, según la libre decisión de los padres, y no puede ser sustituida por una ética del estado impuesta por los poderes públicos. El marco adecuado para centrar este debate es el artículo número 27 de la Constitución, que regula los derechos y deberes fundamentales referidos a la educación. En concreto, su primer enunciado, que reconoce tanto el derecho a la educación como la libertad de enseñanza, y el tercero, que garantiza el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral de acuerdo con sus convicciones. Por otra parte, creo que debería estar fuera de discusión a estas alturas la consideración de que el hecho religioso es lo suficientemente relevante socialmente como para formar parte del currículum, teniendo en cuenta todo tipo de manifestaciones religiosas presentes en nuestro país. Recordemos que la asignatura de religión es una materia escolar que contribuye a la formación integral de los alumnos, con el carácter sistemático y académico de cualquier materia. Para los católicos, se trata de la enseñanza de la religión católica como respuesta a quienes desean una educación según sus convicciones y creencias. Porque se da el derecho fundamental de las personas de los niños y de los adolescentes, de los que derivan los derechos de los padres a exigir para sus hijos formación religiosa en la escuela. Esta enseñanza está garantizada por la Iglesia y ha de ser impartida desde una actitud creyente. Esta asignatura se entiende como síntesis de fe y cultura, puesto que la fe se vive en una cultura determinada, y en el desarrollo humano del creyente han de integrarse armónicamente cultura y fe. La escuela es el marco privilegiado para que el alumno integre en su formación humana la dimensión religiosa. Así, el educando podrá realizar en su propia persona la síntesis entre la fe y la cultura en la que vive. La escuela tiene también una doble responsabilidad: la de ofrecer una clase de nivel académico correcto y de ofrecerla dotada de un contenido que ya sea la Iglesia, ya sean las confesiones religiosas correspondientes, aseguren la autenticidad y calidad de la enseñanza. Desde hace años se está trabajando de esta manera y esto repercute positivamente en la formación integral de los alumnos para inserirse en la sociedad y comprometerse en el bien común.  

+ Josep Àngel Saiz Meneses
Obispo de Terrassa

+ Josep Àngel Saiz Meneses

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